Sismo del 10 de agosto: qué debe hacer su organización antes de volver a operar

Publicado el 12 de agosto de 2026. Información verificada al corte de las 08:00 (COT). La situación cambia por horas: confirme siempre con las fuentes oficiales enlazadas al final.

Ingeniero examinando con instrumentos una columna estructural íntegra en una edificación industrial
Sismo de magnitud 7,4 del 10 de agosto de 2026, epicentro cerca de San José del Palmar, Chocó. La imagen representa la verificación estructural posterior, no los daños.

Antes que nada. Este documento es gratuito y no lleva ninguna oferta comercial. Si a usted le sirve alguna parte, úsela, cópiela o reenvíela sin pedir permiso.

Lo que pasó, con los datos confirmados

El lunes 10 de agosto de 2026, a las 07:34 hora local, se registró un sismo de magnitud 7,4 con epicentro cerca de San José del Palmar (Chocó) y una profundidad aproximada de 96 kilómetros (Servicio Geológico Colombiano [SGC], 2026).

Se sintió en Bogotá, Medellín, Cali y buena parte del occidente del país. El Gobierno declaró desastre nacional. Los reportes preliminares hablan de cerca de 190 personas fallecidas y más de 570 heridas, y las labores de rescate continuaban al momento de escribir esto.

Hay dos datos que su organización necesita entender antes de tomar cualquier decisión:

Primero: las réplicas siguen. El SGC había registrado 99 réplicas a las 11:30 del 11 de agosto. Su frecuencia baja con el tiempo, pero no se detiene de golpe, y algunas pueden ser sentidas con fuerza. El 11 de agosto una réplica obligó a evacuar edificios en varias ciudades afectadas.

Segundo: un edificio que quedó en pie no es un edificio seguro. Es la confusión más peligrosa de estos días. Una estructura puede haber perdido capacidad sin que se vea desde afuera. Y la que aguantó el sismo principal ya no es la misma estructura que era el domingo: puede fallar con una réplica menor.

La regla que resume todo

Esta guía le dice qué verificar y en qué orden. No sustituye una evaluación estructural profesional ni un concepto de la autoridad competente.

PARTE 1 — Antes de reocupar

1. No decida usted si la estructura resiste

Qué NO sirve como criterio:

  • «Se ve bien por fuera»
  • «Solo se cayó el revoque»
  • «Otros edificios de la cuadra ya abrieron»
  • «El administrador dice que no pasó nada»

Qué sí necesita: evaluación por un profesional competente en estructuras, o el aval de la autoridad local de gestión del riesgo. En Cali y en los municipios afectados, los cuerpos de bomberos y las oficinas de gestión del riesgo están adelantando evaluaciones de habitabilidad.

Señales que obligan a mantener el edificio cerrado hasta que lo revisen:

Dónde mirar Qué es señal de alarma
Columnas y vigas Cualquier fisura, sobre todo diagonales o en forma de X, y cualquier acero a la vista
Uniones viga-columna Grietas en el encuentro. Es donde primero falla una estructura
Muros estructurales Fisuras diagonales, desplome fuera de plomo, separación del techo
Escaleras Grietas, peldaños desprendidos, separación de los apoyos
Puertas y ventanas Que no cierren como antes: indica que el marco se movió
Pisos Desnivel nuevo, separación entre piso y muro
Fachadas Elementos sueltos que puedan caer sobre la vía o sobre la entrada

Distinga elementos estructurales de no estructurales. Que se caiga un cielo raso no compromete la estructura, pero sí puede matar a alguien. Ambos hay que resolverlos; no son la misma urgencia.

2. Cortes y servicios

Antes de que entre nadie:

  • Gas: cierre la llave general. Si huele a gas, no accione ningún interruptor, ventile y llame a la empresa distribuidora
  • Electricidad: revise tableros y acometidas. Un cable desplazado o un tablero movido son riesgo de incendio
  • Agua: busque fugas, sobre todo en tuberías que atraviesen muros afectados
  • Ascensores: fuera de servicio hasta certificación del proveedor. No se usan con réplicas en curso
  • Tanques, estanterías, equipos pesados: compruebe anclajes. Lo que no estaba anclado, se movió

3. Sustancias químicas y materiales peligrosos

Si su operación las maneja, esto es prioritario sobre casi todo lo demás:

  • Verifique envases, contenedores y tanques por fugas y por vuelco
  • Revise si hay sustancias incompatibles que se hayan mezclado al caerse
  • Compruebe la ventilación antes de entrar a áreas cerradas
  • Si hay derrame, aplique su procedimiento y no improvise

PARTE 2 — Antes de reanudar la operación

4. Sus rutas de evacuación cambiaron

Esto se olvida siempre, y es lo que cuesta vidas en la réplica siguiente.

  • Recorra las rutas físicamente. Puede haber escombro, puertas trabadas o pasillos bloqueados
  • Compruebe que las salidas de emergencia abren
  • Verifique la señalización y la iluminación de emergencia
  • Revise el punto de encuentro: si está bajo fachadas dañadas, cambie el punto, no la señal
  • Actualice el plano y comuníquelo. Un plano que ya no corresponde es peor que ninguno

5. Su plan de emergencias, ahora

Si tiene plan, ábralo hoy y compruebe cuatro cosas:

  1. ¿Los teléfonos de la cadena de llamada están vigentes?
  2. ¿Los brigadistas están disponibles? Algunos pueden estar afectados personalmente
  3. ¿Contempla el escenario sísmico y las réplicas? Muchos planes solo contemplan incendio
  4. ¿Cuándo se probó por última vez? Si nunca se probó, no es un plan: es un documento

Si no tiene plan, esta semana no es para redactarlo. Es para hacer lo mínimo: una ruta clara, un punto de encuentro seguro, un responsable de conteo y un número al que llamar.

6. Las personas

El riesgo psicosocial después de un evento así es real y está normado. La Resolución 2646 de 2008 obliga a identificar factores de riesgo psicosocial, y un evento de esta magnitud lo es.

  • Algunos trabajadores perdieron su vivienda o a alguien
  • La ansiedad ante las réplicas afecta la concentración y aumenta la accidentalidad en tareas que ya eran riesgosas
  • Revise si es prudente ejecutar esta semana tareas críticas: alturas, espacios confinados, izaje, trabajo en caliente
  • Su ARL tiene líneas de apoyo psicosocial. Úselas

Una decisión que le corresponde tomar: si alguien no está en condiciones de operar un equipo, no lo está. Presionar la vuelta a la normalidad después de un desastre es una de las formas más comunes de que se produzca la segunda tragedia.

7. Lo que debe documentar, y por qué

No es burocracia. Es lo que le va a pedir la ARL, la aseguradora o un inspector dentro de tres meses:

  • Fecha y hora de la evacuación y del cierre
  • Registro fotográfico de los daños, con fecha
  • Quién evaluó la estructura, cuándo y con qué credencial
  • Decisiones tomadas y quién las tomó
  • Comunicaciones a los trabajadores
  • Novedades de personal

PARTE 3 — Lo que este sismo dejó al descubierto

Con el respeto que exige el momento, hay algo que conviene decir ahora y no dentro de seis meses, cuando se haya olvidado.

Las organizaciones que estos días están improvisando no fallaron el lunes. Fallaron antes.

El artículo 42 de la Ley 1523 de 2012 obliga a las entidades públicas y privadas encargadas de la prestación de servicios públicos, que ejecuten obras civiles mayores o que desarrollen actividades industriales o de otro tipo que puedan significar riesgo de desastre para la sociedad, a realizar un análisis específico de riesgo y a formular un plan de gestión del riesgo —el PGRDEPP—. El Decreto 2157 de 2017 fijó las directrices para elaborarlo.

Esa obligación existe desde hace catorce años. No se creó el lunes.

Y no es una obligación documental. Un PGRDEPP hecho de verdad obliga a preguntarse, antes de que pase nada:

  • ¿Qué amenazas naturales tiene esta sede, y con qué probabilidad?
  • ¿Cuánto resiste esta estructura, y quién lo certificó?
  • ¿Adónde sale la gente, y ese lugar es seguro para el escenario que estamos previendo?
  • ¿Cómo seguimos operando si esta sede queda inutilizable dos semanas?
  • ¿A quién avisamos, en qué orden, con qué teléfonos?

Las organizaciones que respondieron estos dos días con orden son las que ya se habían hecho esas preguntas.

No lo decimos para vender nada. Lo decimos porque en las próximas semanas mucha gente va a redactar un plan a las carreras para tener el papel, y ese plan no va a servir en el siguiente sismo. Colombia está en una de las zonas sísmicamente más activas del continente, por la subducción de la placa de Nazca bajo la Suramericana. Habrá otro. La pregunta no es si, sino cuándo.

Preguntas frecuentes

¿Puedo abrir mi empresa si el edificio no tiene daños visibles?

No basta con que no se vean daños. Los daños estructurales pueden ser internos. Necesita una evaluación por un profesional competente en estructuras, y en zonas con evaluación oficial en curso, esperar el concepto de habitabilidad de la autoridad local.

¿Cuánto tiempo van a seguir las réplicas?

No se puede predecir con exactitud. La frecuencia disminuye progresivamente, pero pueden ocurrir durante semanas o meses. El SGC había registrado 99 en las primeras 28 horas. Consulte el reporte oficial del SGC antes de asumir que ya pasó.

¿Estoy obligado legalmente a evaluar mi edificio?

Como empleador, el Decreto 1072 de 2015 le obliga a identificar peligros y a garantizar condiciones seguras. Un edificio con integridad estructural desconocida después de un sismo de magnitud 7,4 no cumple esa condición. Además, si le aplica el PGRDEPP, la evaluación forma parte de sus obligaciones.

Mis trabajadores tienen miedo de volver. ¿Qué hago?

Escúchelos, no lo trate como una excusa. Muéstreles qué se verificó, quién lo verificó y qué salidas hay. El miedo baja con información concreta, no con arengas. Y si alguien no está en condiciones de hacer una tarea crítica, no se la asigne esta semana.

¿Un plan de emergencias sirve para un sismo si se hizo pensando en incendios?

Parcialmente. Comparten la evacuación y la cadena de mando, pero difieren en lo esencial: en un sismo no se evacua durante el movimiento, el punto de encuentro debe estar lejos de fachadas y postes, y hay que contar con réplicas. Revíselo con el escenario sísmico en la mano.

¿Qué es el PGRDEPP y cómo sé si me aplica?

Es el Plan de Gestión del Riesgo de Desastres de Entidades Públicas y Privadas, exigido por el artículo 42 de la Ley 1523 de 2012 y reglamentado por el Decreto 2157 de 2017. Le aplica, entre otros, si presta servicios públicos, ejecuta obras civiles mayores, maneja sustancias peligrosas, concentra aglomeraciones o su operación puede afectar a terceros. Hay un autodiagnóstico gratuito de ocho preguntas en nuestra página de gestión del riesgo de desastres.

Dónde confirmar la información oficial

Esta guía se escribió el 12 de agosto de 2026. Confirme siempre con la fuente:

  • Servicio Geológico Colombiano — sismos y réplicas: sgc.gov.co
  • Unidad Nacional para la Gestión del Riesgo de Desastres (UNGRD): portal.gestiondelriesgo.gov.co
  • Su oficina municipal o departamental de gestión del riesgo — evaluaciones de habitabilidad
  • Bomberos de su municipio — línea 119
  • Línea única de emergencias — 123
  • Su ARL — apoyo técnico y psicosocial

Nota sobre este documento

Lo publicamos gratis, sin formulario y sin oferta comercial, porque durante una emergencia la información útil no debería tener peaje.

Está firmado. Si encuentra un error, escríbanos a info@cipad-sst.com y lo corregimos con nota de la corrección.

Alcance. Este documento es orientación técnica general. No sustituye la evaluación estructural de un ingeniero competente, el concepto de la autoridad de gestión del riesgo, ni la asesoría jurídica. CIPAD-SST S.A.S. no es organismo de certificación de tercera parte.

Actualización. Se revisará mientras la situación siga cambiando. Última revisión: 12 de agosto de 2026.

Referencias

Congreso de la República de Colombia. (2012). Ley 1523 de 2012, por la cual se adopta la política nacional de gestión del riesgo de desastres y se establece el Sistema Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres, art. 42. Diario Oficial No. 48.411. https://www.funcionpublica.gov.co/eva/gestornormativo/norma.php?i=47141

Infobae. (2026, 11 de agosto). Fuerte réplica obligó a evacuar edificios en algunas de las ciudades afectadas por el terremoto en Colombia. https://www.infobae.com/colombia/2026/08/11/fuerte-replica-obligo-a-evacuar-edificios-en-algunas-de-las-ciudades-afectadas-por-el-terremoto-en-colombia/

Ministerio de Salud y Protección Social. (2008). Resolución 2646 de 2008, por la cual se establecen disposiciones y se definen responsabilidades para la identificación, evaluación, prevención, intervención y monitoreo permanente de la exposición a factores de riesgo psicosocial en el trabajo, art. 12.

Ministerio del Trabajo. (2015). Decreto 1072 de 2015, Decreto Único Reglamentario del Sector Trabajo, Libro 2, Parte 2, Título 4, Capítulo 6.

Presidencia de la República de Colombia. (2017). Decreto 2157 de 2017, por medio del cual se adoptan directrices generales para la elaboración del plan de gestión del riesgo de desastres de las entidades públicas y privadas en el marco del artículo 42 de la Ley 1523 de 2012. https://www.funcionpublica.gov.co/eva/gestornormativo/norma.php?i=199583

Semana. (2026, 11 de agosto). Servicio Geológico ha detectado casi cien réplicas después del terremoto en Colombia. https://www.semana.com/nacion/articulo/servicio-geologico-ha-detectado-casi-100-replicas-despues-del-terremoto-en-colombia/202617/

Servicio Geológico Colombiano. (2026, 10 de agosto). Boletín sismo San José del Palmar, Chocó — magnitud 7,4. https://www.sgc.gov.co/

Documento de servicio público. Puede reproducirse citando la fuente.